AYUDAS 2025 EMPRESAS DEL MEDIO RURAL

AYUDAS 2025 EMPRESAS DEL MEDIO RURAL

Gasto Corriente

  • Convocatoria: ORDEN PEJ/245/2025 de 3 de marzo, (BOA nº 104, del 18/03/2025).
  • Entidad convocante: Vicepresidencia del Gobierno y Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón

1.- OBJETIVO Y LINEAS DE AYUDA.

La financiación de actuaciones vinculadas al impulso de iniciativas de desarrollo empresarial en el medio rural aragonés. Es imprescindible que la empresa haya realizado un proyecto de inversión en activo fijo durante el año 2024, aunque los gastos derivados de dicha inversión no puedan ser objeto de subvención.

2.- BENEFICIARIOS.

  • Pymes con menos de 50 trabajadores
  • Empresarios individuales con al menos un trabajador contratado. En el caso de autónomos de menos de 5 de años de actividad, no se exigirá este requisito.

3.- GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Gastos relacionados con el personal: gastos del pago de las retribuciones al personal hasta el máximo marcado por el convenio colectivo.
  • Creación de página web y soluciones de e-commerce.
  • Actividades de formación y capacitación para el personal propio.
  • Servicios profesionales necesarios para el desarrollo de las actividades.
  • Costes por alquiler de activos materiales o inmateriales, aplicaciones o recursos.
  • Gastos derivados de la recepción de un servicio de asesoramiento especializado y dirigido a favorecer el crecimiento de la actividad empresarial.
  • Gastos de constitución de la empresa. Se considerarán subvencionables en esta partida los gastos de gestoría, asesoría, notaría y registro.
  • Costes de alquiler de instalaciones donde se ubique el centro de trabajo.
  • Costes indirectos. Aquellos que, no estando directamente vinculados con el objeto de la ayuda, sean necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad beneficiaria.

4.- CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA.

  • Empresas establecidas con más de 5 años de actividad. Gasto mínimo subvencionable: 25.000 €.
  • Iniciativas emprendedoras con menos de 5 años de actividad. Gasto mínimo subvencionable: 15.000 €.

La intensidad de la ayuda será del 80% como máximo. El máximo por proyecto no podrá ser superior a 50.000 €.

5.- PERIODO SUBVENCIONABLE.

Gastos producidos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.

6.- PLAZO Y FORMA DE SOLICITUD.

El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 1 de abril de 2025, a las 23:59 h.

Las solicitudes se presentarán de forma electrónica, a través de la web del Gobierno de Aragón: https://aragonemprende.com/ayudas2025/