Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural

Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética.

En el contexto actual, la necesidad de empezar abordando las medidas inmediatas de menor coste y complejidad requiere un refuerzo puntual de las obligaciones previstas en el RITE. Así, este real decreto-ley introduce una serie de obligaciones de forma temporal hasta el 1 de noviembre de 2023 sobre los edificios y locales sujetos a obligaciones de temperatura en el marco del RITE.

En primer lugar, se modifica la limitación de temperaturas de calefacción y refrigeración a 19 y 27 ºC, respectivamente. En este sentido, se estima que cada grado en el que se cambie la consigna de temperatura que suponga una menor necesidad de calefacción o refrigeración puede suponer un ahorro del 7 % del consumo.
En segundo lugar, dada la necesidad de ahorrar energía con carácter general, se hace extensiva tanto esta obligación, como la obligación relativa a los cierres automáticos de puertas, también a los edificios y locales que se climaticen con energía renovable, que hasta el momento estaban exentos de estas obligaciones.
En tercer lugar, dada la importancia de un adecuado cumplimiento y seguimiento de las medidas de ahorro energético, así como la sensibilización del conjunto de la ciudadanía, se introduce la obligación a estos locales y edificios, que actualmente ya deben contar con carteles o pantallas donde se hacen visibles al público las temperaturas y humedad relativa de los mismos, que incorporen carteles explicativos de las medidas obligatorias de ahorro, en las que también pueden incluir otras medidas que estén adoptando para reducir el consumo energético.

Por último, en línea con medidas similares adoptadas en países de nuestro entorno y de acuerdo con la necesidad de llegar al invierno con las instalaciones existentes en las mejores condiciones energéticas, se introduce la obligación de adelantar la siguiente inspección de eficiencia energética en aquellos edificios obligados a ello cuya última inspección sea anterior al 1 de enero de 2021. De este modo, llegado el final del año 2022, todos los edificios con un consumo relevante de climatización habrán pasado por una inspección de este tipo en los últimos dos años.

Estas medidas, que son de aplicación tanto al conjunto de edificios y locales de las administraciones públicas como en el ámbito del sector terciario, podrán complementarse con medidas adicionales. En este sentido, el Gobierno impulsará medidas de coordinación con las Comunidades Autónomas y las Entidades locales para hacer un seguimiento de las medidas adoptadas y la identificación de medidas adicionales a implantar en los edificios e infraestructuras públicas.

Edificios públicos y escaparates deberán apagar sus luces a las 10 de la noche

El Gobierno traslada a las comunidades autónomas la vigilancia de estas medidas | El Ejecutivo insta a las empresas a utilizar el teletrabajo.

El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes el «primer» paquete de medidas urgentes para la eficiencia y el ahorro energético, aunque el grueso del plan de ahorro se prevé que vea la luz a finales del mes de septiembre en el plan de contingencia que diseña el Ejecutivo para cumplir con el compromiso de reducir el 7% de la demanda de gas al que llegó con Bruselas. En esta primera tanda de propuestas se incluye apagar la luz de escaparates y edificios no ocupados a partir de las 22 horas.

El Gobierno da una semana de plazo desde la entrada en vigor de esta norma para aplicar esas disposiciones, que tendrán vigencia hasta el 1 de noviembre de 2023. Además, pide a los locales climatizados tener un sistema de cerrado de puertas antes del 30 de septiembre y a realizar una revisión de las calderas e instalaciones térmicas antes del 1 de diciembre, en aquellos casos en los que la revisión haya sido previa al año 2021 para «evitar que consuman más de lo que corresponda».