AYUDAS Y SUBVENCIONES

SUBVENCIONES. BOA 30 de marzo de 2022 AYUDAS PARA INVERSIÓN, MEJORA Y DIGITALIZACIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO – CONVOCATORIA 2022 – GOBIERNO DE ARAGÓN, LA SOLICITUD SE PODRÁ REALIZAR DESDE MAÑANA 31 DE MARZO DE 2022 Y EL PLAZO SERÁ DE 1 MES.

¿Quién las puede solicitar?
Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles, in¬cluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón. Obligatoriamente deberán poseer y realizar su actividad comercial en un establecimiento fí¬sico permanente, inscrito en el registro de actividades comerciales. Para consultar si estáis debidamente inscritos os pongo el contacto del servicio provincial de comercio.

SERVICIO PROVINCIAL DE COMERCIO
Plaza Cervantes, 1
22003 Huesca
Tfno: 974293141

La actividad principal desarrollada en el establecimiento deberá quedar dentro de alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (Sección 1ª): 641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 647.4, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 654.1, 657, 659, 661.3 y 662.2.

Quedan excluidas del concepto de beneficiario las empresas que pertenecen a grandes empresas de distribución. También quedan excluidas las empresas dedicadas a actividades sujetas a una reglamentación o normas sectoriales específicas, que quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley 4/205, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón, citadas en su artículo 2, apartado 3, así como los establecimientos no permanentes o los dedicados total o parcial¬mente a la prestación de servicios, salvo que acrediten fehacientemente que su actividad principal es la comercial en la venta de bienes integrados en alguno de los epígrafes previstos en la convocatoria.

Actuaciones subvencionables.

Serán gastos subvencionables aquellas inversiones en activos fijos que deriven de los conceptos que se describen a continuación.

a) Inversión y mejora de los comercios. Las actuaciones subvencionables serán las si¬guientes:
– Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas con discapacidad.
– Mejoras y equipamiento de escaparates.
– Rótulos, toldos y marquesinas exteriores,

b) Digitalización de la PYME.

– Herramientas de conocimiento de cliente y su fidelización; herramientas CRM, marke¬ting digital, inteligencia de negocio y programa de fidelización de clientes.
– Transformación digital del comercio; creación de web, apps, mejora a la accesibilidad universal en las mismas, comercio electrónico, pasarelas de pago y soluciones en ciberseguridad.
– Digitalización del punto de venta; adquisición de equipos terminal punto de venta, herramientas de gestión del inventario (almacén y stock en tienda), pedidos a proveedores, logística de entrega y herramientas para el control de caja, facturación y contabilidad.

En ningún caso serán objeto de subvención los siguientes conceptos:
– Mamparas u otro equipamiento de distanciamiento personal o uso sanitario por motivo del COVID-19.
– El gasto corriente derivado de las actuaciones objeto de subvención.
– Alquileres.
– Equipos informáticos de uso genérico, cámaras fotográficas y teléfonos móviles.
– Impuestos y tasas.
– Los bienes usados.
– Los gastos de reparación y mantenimiento.
– Equipamiento destinado a la sala de ventas o almacén.
– No se podrán subvencionar inversiones o gastos cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquiriente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse auto facturación.

Las actuaciones anteriores deberán haberse ejecutado con anterioridad a la presenta¬ción de la solicitud de la ayuda. Los justificantes de gasto y de pago correspondientes a los gastos subvencionables indicados en este apartado deberán estar comprendidos en el pe¬riodo entre el 31 de agosto de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud, sin existir posibilidad de prórroga del mismo.

Para la concesión de la ayuda deberá justificarse en el momento de la solicitud tanto la ejecución de la actividad como la realización del pago. Los establecimientos deberán estar abiertos en el momento de la solicitud y en el caso de páginas webs o apps completamente operativas.

Se considerará gasto realizado y pagado el que haya sido facturado y abonado entre el 31 de agosto de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud.

Criterios de evaluación:

a) Localización de la empresa. En función del valor para el Índice Sintético de Desarrollo Territorial asignado a la localidad en la que se realiza la inversión, se establece la si¬guiente valoración:
– Si el valor del índice es menor que 99, se valorará con 4 puntos.
– Si el valor del índice es desde 99 hasta 101, se valorará con 2 puntos.
– Si el valor del índice es superior a 101, se valorará con 0 puntos.
Para la evaluación de este criterio se tendrá en cuenta el valor establecido mediante la Orden VMV/1789/2021, de 22 de diciembre, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas incluido en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) para el año 2021 (“Boletín Oficial de Aragón”, número 263, de 29 de diciembre).

b) Capacidad evolutiva de la empresa. Si la antigüedad de la empresa solicitante es supe¬rior a 10 años (a estos efectos se considerará la fecha de alta en el IAE correspondiente con respecto a la fecha de publicación de la convocatoria), se valorará con 1 punto.

c) Grado de innovación, calidad y profesionalización. Las empresas que en el momento de presentar la solicitud acrediten estar en posesión de un certificado de calidad de la serie UNE 175.000 o ISO 9000, vigente en el momento de la solicitud, serán conside¬radas prioritarias y obtendrán 2 puntos.

d) Implantación de sistemas de calidad, excelencia e innovación.
• Si la empresa está adherida a la Junta Arbitral de Consumo, obtendrá 1 punto.
• Si la empresa pertenece a una asociación de empresarios de comercio, obtendrá 1 punto.

e) Comercios adherido a la red de Multiservicios Rurales. Si el comercio está adherido a la red de Multiservicios Rurales, obtendrá 2 puntos.

Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo sub-vencionable de 4.000 euros, por establecimiento comercial. El porcentaje concreto de subvención será establecido en la propuesta de resolución.

Las solicitudes se dirigirán a los Servicios Provinciales del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica: https://aplicaciones.aragon.es/tra-mitar/ayudas-inversion-mejora-digitalizacion-pequeno-comercio-2022 , o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento número 8181.

No obstante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando no sea obligatoria la relación electrónica, se podrá cumplimentar la solicitud a través de la url: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-inversion-mejora-digitalizacion-pequeno-co-mercio-2022 , e imprimirla para su firma manuscrita y presentarla a través de las oficinas de asistencia en materia de registros.

Se presentará una única solicitud por establecimiento comercial. En el supuesto de beneficiarios con varios establecimientos, deberán solicitarse cada uno de ellos de manera independiente, hasta un máximo de tres establecimientos por solicitante.

El uso del modelo de solicitud generado en la citada url será de uso obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes firmadas electrónicamente se considerarán presentadas a los efectos de su tramitación en el momento en que se obtenga el justificante de registro.

En el supuesto de que en el último día del trámite concurran incidencias técnicas que im¬pidan la presentación electrónica de la documentación tal y como se ha regulado en el este artículo, únicamente en ese mismo día se podrá presentar en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o por registro presencial. En este caso no se ampliará el plazo de tramitación y el órgano administrativo encargado de la tramitación podrá realizar las comprobaciones oportunas. En el caso de que las incidencias técnicas se produjeran a lo largo del plazo de presentación de la solicitud y fueran reiteradas, el órgano administrativo responsable podrá ampliar el plazo publicándose el nuevo plazo en la sede electrónica.

Toda la información en: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ayudas-empresas-impulso-competitividad-comercio/convocatoria-2022

AYUDAS PARA INVERSIÓN, MEJORA Y DIGITALIZACIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO – CONVOCATORIA 2022
N°8181
Ayudas a iniciativas de inversión y mejora, así como de digitalización en el pequeño comercio minorista aragonés.
Requisitos
• Las actuaciones deberán haberse ejecutado con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda.
• Los justificantes de gasto y de pago correspondientes a los gastos subvencionables deberán estar comprendidos en el periodo entre el 31 de agosto de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud.
• Los establecimientos deberán estar abiertos en el momento de la solicitud y en el caso de páginas webs o apps completamente operativas.
Documentación

Presentar en todos los casos:
• Memoria descriptiva
Memoria descriptiva, con extensión máxima de dos folios, en la que figure la relación de las actuaciones para las que se solicita la ayuda, en los que se desglose las actuaciones subvencionables y una evaluación de las cuestiones indicadas en la solicitud de conformidad con los indicadores establecidos en la convocatoria.
• Memoria económica
Se cumplimentará con la excel, la relación clasificada de las inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.La excel consta de dos hojas, una para cada actuación subvencionable.
Descargar modelo Memoria económica
• Facturas y justificantes de pago
Justificantes de gasto y pago, con los correspondientes extractos bancarios de aquellas operaciones que se realicen a través de entidad financiera y facturas acreditativas de los gastos e inversiones incorporados en la relación de actuaciones.
• Documento de Alta en el IAE
Documento de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si es persona jurídica
• Justificantes de constitución de la entidad y su inscripción en el registro
Documentos justificativos de constitución de la entidad solicitante y de su inscripción en el registro correspondiente, o declaración de que constan en poder de la Administración, indicando el organismo y número de expediente en el que consta.
Si cuenta con un certificado de calidad vigente
• Certificado de calidad vigente
Certificado de cumplimiento con una norma de la serie UNE 175.000 o ISO 9000.
Si está adherido a la Junta Arbitral de Consumo
• Certificado de adhesión
Copia del documento de adhesión a la Junta Arbitral de Consumo.
Si pertenece a una asociación de empresarios de comercio
• Pago de la cuota a la asociación de empresarios de comercio
Si es un comercio adherido a la Red de Multiservicios Rurales
• Certificado de adhesión
Certificado emitido por las Cámaras de comercio adherido a la Red de Multiservicios Rurales.
Si ha realizado reforma del establecimiento
• Fotografías del establecimiento
Deberán presentar de manera adicional fotografías de la situación del establecimiento tras la inversión realizada, y si dispusieran de ellas, fotografías anteriores a la misma.

Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detalles

Información adicional
Las ayudas están dirigidas dirigidas a:
– La inversión y mejora en los comercios minoristas.
– La digitalización de la PYME del sector del comercio minorista.

Presentación de la solicitud

TELEMÁTICA
1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
2. Pulsar en «Iniciar trámite», completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

PRESENCIAL
1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
Pedir cita previa
3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda
• Teléfono. 976 713 471
• Correo electrónico. dgca@aragon.es

Ayuda con la tramitación electrónica
• Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
• Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
• Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
• 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
• infoyregistro@aragon.es
• Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
• 976 289 414. De lunes a jueves de 7:30 a 18:30 y los viernes de 7:30 a 16:00.
• soportesae@aragon.es
• Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
• WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp


PLAZOS DE SOLICITUD

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón» y hasta el 31 de mayo 2022, ambos inclusive.

OBJETO Y FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN
Es objeto de la presente Orden convocar, para el ejercicio 2022, las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, empresas y entes públicos, universidades y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación de las citadas personas jóvenes siempre que los contratos tengan una duración mínima de seis meses y contemplen una jornada laboral de, al menos, el 50% de una jornada a tiempo completo según el Convenio Colectivo de referencia.

BENEFICIARIOS
a) Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autónomos, así como las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, que tengan asignadas competencias en promoción de empleo y cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades.
b) Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas dependientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
c) Las Universidades en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Los proyectos de obras, servicios o actividades a realizar en el marco de este programa de subvenciones se deberán encuadrar en los ámbitos previstos en el número 1 del artículo 6 de la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, no pudiendo ser objeto de subvención aquellos contratos vinculados a la realización de obras, servicios o actividades ejecutados por las entidades beneficiarias que, por su carácter habitual, produzcan un efecto de sustitución de empleo. Corresponderá a la entidad solicitante motivar el cumplimiento de esta condición por medio de la memoria descriptiva del proyecto a la que se refiere la letra d) del apartado noveno, punto 3, de esta Orden.

FORMA DE SOLICITUD
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios telemáticos conforme al modelo específico que se genera por la herramienta de “Tramitador on line”, disponible en los próximos días en la siguiente dirección electrónica: https://enlinea.aragon.es/es/programa-contratacion-personas-jovenes-desempleadas-inscritas-sistema-nacional-garantia-juvenil.

Más información en:
ESPACIO EMPRESAS – INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO – DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO.
Avda. José Atarés, 101. 50.018 Zaragoza Tfno. 976.715.165 atencionempresasz.inaem@aragon.es


AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA PERSONA A TIEMPO COMPLETO EN POBLACIONES MENORES DE 30.000 HABITANTES

SURGE: convocatoria de ayudas para la contratación de una persona a tiempo completo en poblaciones menores de 30.000 habitantes por parte de Microempresas o personas trabajadoras autónomas.
• La actividad de la empresa o el empleo generado contribuirán al cumplimiento de los objetivos de transformación digital o transición ecológica (ejemplos en este FOLLETO en formato pdf.
• Importe de la ayuda: 5.000 €
• Plazo para la solicitud: 15 días desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora.
• Ámbito temporal: Contratos que se formalicen desde el día de su entrada en vigor hasta el 15 de octubre de 2022
• Más información y enlaces para realizar solicitud ACCEDE AQUI


AYUDAS PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO PARA MICROEMPRESAS O PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS EN MUNICIPIOS MENORES DE 5.000 HABITANTES

MEMTA: convocatoria de ayudas para el mantenimiento del empleo para microempresas o personas trabajadoras autónomas en municipios menores de 5.000 habitantes..
• La empresa debe hacer una acción encaminada a la digitalización o mejora medioambiental (ejemplos en este FOLLETO en formato pdf ) y hacer un taller de 4 horas sobre la temática que haya elegido de las dos anteriores.
• Importe de la ayuda: 2.500 € por persona a la que se le mantiene el empleo hasta un máximo de 5.000 €.
• Plazo para la solicitud: Desde el día de entrada en vigor de la convocatoria hasta el 16 de mayo de 2022, ambos inclusive.