CONVOCATORIA DE AYUDAS 2026 – INVERISÓN Y DIGITALIZACIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO

Orden PEJ/671/2026 del Gobierno de Aragón, relativa a las ayudas para el apoyo al comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios en 2026.

A continuación, os resumimos los aspectos más relevantes y adjuntamos convocatoria.

¿Qué es esta ayuda?
Es una subvención para pequeños comercios minoristas de Aragón destinada a financiar inversiones ya realizadas relacionadas con:

  • Modernización del establecimiento.
  • Mejora de instalaciones.
  • Digitalización del negocio.
  • Seguridad y accesibilidad.

El objetivo es mejorar la competitividad del comercio minorista aragonés y favorecer su modernización.

  ¿Quién puede solicitarla?
Pueden beneficiarse:

  • PYMES comerciales minoristas (autónomos o sociedades).
  • Comercios con establecimiento físico permanente en Aragón.
  • Deben estar inscritos en el Registro de Actividades Comerciales de Aragón.
  • La actividad debe pertenecer a determinados epígrafes del IAE de comercio minorista.

Quedan excluidos:

  • Grandes cadenas de distribución.
  • Negocios principalmente de servicios.
  • Comercios temporales o no permanentes.
  • Empresas en liquidación o cierre.
  • Empresas con deudas tributarias o con Seguridad Social.

¿Qué inversiones subvencionan?
Sí son subvencionables:

Mejoras físicas del local

  • Accesibilidad y eliminación de barreras.
  • Escaparates.
  • Rótulos, toldos y marquesinas.
  • Mobiliario de venta.
  • TPV, balanzas y cámaras frigoríficas.
  • Sistemas para mantener puertas cerradas automáticamente.
  • Sistemas de seguridad.

Digitalización

  • Herramientas para gestión del negocio.
  • Venta online y omnicanalidad.
  • Soluciones digitales de fidelización.
  • Mejora de experiencia de cliente.
  • Conectividad vía router satelital.
  • Herramientas tecnológicas para viabilidad o relevo generacional.

No subvencionan:

  • Alquileres.
  • Gastos corrientes.
  • Ordenadores genéricos, móviles y cámaras.
  • Impuestos e IVA.
  • Equipos usados.
  • Reparaciones y mantenimiento.
  • Equipamiento de almacén.
  • Compras entre empresas vinculadas/autofacturación.

Condición clave: las inversiones YA deben estar hechas
La ayuda es a posteriori. Solo se subvencionan inversiones:

  • Pagadas y ejecutadas entre el 28 de junio de 2025 y la fecha de solicitud.
  • Además, el comercio debe estar abierto en el momento de solicitarla.
  • Hay que justificar tanto el gasto como el pago bancario.

No es una ayuda para financiar una inversión futura, sino para recuperar parte de una inversión ya realizada.

 ¿Cuánto dinero se puede recibir?

  • Hasta el 80% de la inversión subvencionable.
  • Máximo sobre una base de 6.000 € por establecimiento.

Es decir, ayuda máxima teórica = 4.800 € por local.

Además:

  • Se puede pedir para hasta 3 establecimientos por solicitante.
  • Si hay muchas solicitudes, el importe se prorratea según puntuación y presupuesto disponible.

Plazo de solicitud
1 mes desde la publicación del extracto en el BOA. La convocatoria aparece publicada el 15 de mayo de 2026, por lo que conviene tramitarla cuanto antes.

La solicitud se presenta principalmente por vía electrónica en la sede del Gobierno de Aragón.

Documentación clave

Obligatorio

  • Memoria descriptiva (máx. 2 páginas).
  • Relación detallada de inversiones.
  • Facturas + justificantes bancarios.
  • Fotografías del “después” (y si existen, del “antes”).
  • Relación de otras ayudas recibidas.
  • Documentación de constitución si es sociedad

Descargar convocatoria 

Documento convocatoria ayudas comercio localidades de menos de 500 habitantes.